Y está bien que nos lo recuerden de cuando en cuando. A través del blog de David Bravo llego a este artículo en La Voz de Galicia:
La magistrada del juzgado de lo penal número 1, Rosa Collazo, no sólo considera que el empresario José Luis Garabal Vázquez -representado por el letrado Mariano Sierra- no es autor de delito alguno, sino que sustenta su resolución basándose en dos argumentos principales: el hecho de que la denuncia no partiese de la persona agraviada o de sus representantes legales, sino de una asociación; y la «atipicidad» de la conducta del acusado, ya que éste alquilaba equipos y eran sus clientes los que los utilizaban para el fin que considerasen conveniente. [...]
Sobre la segunda causa de absolución, la magistrada dice que no se acreditó que los originales de los discos no fuesen propiedad de los clientes que los copiaban. De hecho, en el local de Garabal no se intervino ningún disco original. Tampoco se probó que de cada disco se obtuviese más de una copia ni que fuese para un uso distinto al privado.
Una prueba más de que ahora la ley actúa. Y como consecuencia de ello los de AFYVE se van con el rabo entre las piernas.








